Artículo 71Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
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Última actualización el Jueves, 03 de Noviembre de 2016 10:49 |